Resumen del Artículo ciento dos

Artículo ciento dos del Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) — dos 1. El tercer sobre será entregado al funcionario del Servicio de Correos, que se personará en la Mesa Electoral para recogerlo. Al menos un Vocal debe permanecer allí hasta haber realizado la entrega. 2. Al día siguiente de la elección, el Servicio de Correos cursará todos…

LOREGVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo ciento dos

1. El tercer sobre será entregado al funcionario del Servicio de Correos, que se personará en la Mesa Electoral para recogerlo. Al menos un Vocal debe permanecer allí hasta haber realizado la entrega.

2. Al día siguiente de la elección, el Servicio de Correos cursará todos estos sobres a la Junta Electoral que haya de realizar el escrutinio.

Norma publicada: 19 de junio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo ciento dos

¿Qué dice el Artículo ciento dos del LOREG?

dos 1. El tercer sobre será entregado al funcionario del Servicio de Correos, que se personará en la Mesa Electoral para recogerlo. Al menos un Vocal debe permanecer allí hasta haber realizado la…

¿El Artículo ciento dos del LOREG está vigente?

El artículo ciento dos del LOREG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo ciento dos dentro del LOREG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VI › SECCIÓN XIV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo ciento dos?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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